Hermosillo, Sonora.- A partir de este lunes el Ayuntamiento elimina los gastos de arrastre y de almacenamiento en caso de que una grúa se lleve un vehículo por estar mal estacionado, informó el Presidente Municipal Antonio Astiazarán Gutiérrez.
“Cuando la grúa se lleva el carro es muy molesto, costoso y engorroso, me has dicho que esto debe cambiar y hoy te tengo una buena noticia: a partir de este día si se llevan tu carro, el Ayuntamiento de Hermosillo absorberá todos los costos de arrastre y almacenamiento, dejando al infractor sólo el pago de la multa correspondiente”, explicó.
Astiazarán Gutiérrez dijo que además todos los trámites para liberación del automóvil se podrán hacer en el mismo lugar, para evitar que la ciudadana o ciudadano se mueva por toda la ciudad; también que el vehículo contará con un seguro al momento de arrastre y almacenamiento.
“En el Ayuntamiento seguimos trabajando para proteger tu economía y tu patrimonio, pero también para que conozcas y respetes el reglamento de tránsito, porque sólo trabajando en equipo construiremos comunidades más seguras y ordenadas”, manifestó.
El Presidente Municipal destacó que los primeros 45 días no se pagará por almacenamiento; habrá un seguro de gastos desde que la grúa recoge un carro; de la bolsa de lo recaudado por multas de este concepto se pagará el servicio; las grúas y el personal estarán identificados como al servicio del Ayuntamiento; además, el lugar de almacenamiento, donde se pagará y recogerá el vehículo, es en contra esquina de la Comandancia Centro, en Matamoros y Nuevo León.
El artículo 63, apartado IV del Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo indica que los agentes de Tránsito y Policía Municipal deberán impedir que el vehículo continúe transitando y remitirlo al depósito de vehículos, al utilizar equipo de grúas en casos como:
- Cuando el conductor no presente licencia de conducir o permiso tratándose de un menor de edad
- Cuando el vehículo no porte placas de circulación, no correspondan al vehículo o estén alteradas o vencidas
- Por conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas u otras substancias tóxicas
- Por conducir a mayor velocidad de la autorizada, haciéndolo negligente o temerariamente, poniendo en peligro la vida, la seguridad de las personas o de los bienes
- Por abandonar vehículos en la vía pública, por un período mayor de 5 días naturales. Se entenderá por vehículo abandonado aquel que los vecinos inmediatos desconozcan su procedencia o propietarios, lo cual deberán denunciarlo por escrito
- Por realizar maniobras de carga y descarga, no tomando las medidas de seguridad pertinentes, fuera del horario autorizado o no contar con el permiso respectivo del Municipio para realizar este tipo de maniobras
- Por realizar reparaciones de vehículos, labores propias de los talleres mecánicos, en la vía pública
- Por estacionarse en zonas prohibidas, en sentido contrario y zonas exclusivas para personas con discapacidad
- Por conducir un vehículo que arroje humo ostensiblemente contaminante, o en caso de vehículos que transporten carga, por no llevarla asegurada y cubierta
- En caso de accidente o delito
- Por orden de autoridad judicial
- Por prestar servicio público o privado de transporte de carga o pasaje sin concesión o permiso
Fuente: Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo.